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Por qué “lo primero es el
derecho”
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Dr.Rodolfo Canabal |
En esta columna,
ante la ya conocida decisión que acordó el Presidente conjuntamente con
quienes presiden los países linderos relativamente al Mercosur, y
particularmente ante su afirmación en el sentido de que lo político
prevalece sobre lo jurídico, se volvió a señalar, mediante el concepto
contenido en la frase “lo primero es el derecho”, la trascendencia que
tiene su debida aplicación en el régimen jurídico nacional.
Y dicha trascendencia ha sugerido volver al análisis de su contenido en
razón del prestigio que la aplicación de tal concepto le ha dado al país
en el ámbito internacional.
La base de tal respeto tiene su origen, ciertamente, en primer término,
en lo que emana de las normas que la primera Constitución que se juró el
18 de julio de 1930 contenía, confirmadas plenamente en las ulteriores
reformas constitucionales; en segundo término, como también aquí se
señaló, tal régimen ha sido base de las profundas convicciones que
sustenta la ciudadanía patria; pero además, porque, fundamentalmente, ha
orientado la conducta de los ciudadanos que actuaron en ejercicio de las
fundones que corresponde desenvolver a los poderes estatales.
Dicha realidad ha generado alto prestigio para el país en el ámbito
internacional, pues es normal, en el exterior, que se reconozca que el
funcionamiento regular de sus diferentes poderes asegura el respeto, y
amparo, de todos los derechos, tanto los de quienes aquí nacieron, como
los de aquellos que, no siendo uruguayos, aquí ejercen actividades, o
son de ellos titulares.
Precisamente, en fecha reciente, ha trascendido que ante actitudes de un
país vecino, que se ha entendido que no son ajustadas a las
indispensables garantías, integrantes del cúmulo de quienes allí tienen
importantes inversiones analizan la posibilidad de trasladarlas al
nuestro, en razón de la vigencia plena de su régimen jurídico, porque
garantiza la debida vigencia de todos los derechos.
Por ello, tal como en el precedente comentario aquí se expresó, es muy
equivocado el criterio que sustentó el presidente cuando formuló las
expresiones que entonces se glosaron y que se han reiterado
precedentemente, pues lo que corresponde es en verdad todo lo contrario,
vale decir: ajustar las decisiones de quienes ejercen los cargos
públicos a lo que emana del régimen jurídico en vigor, o sea ajustarse
al derecho. Y por ello en la nota precedente aquí se sostuvo, y ahora se
reitera, que tales expresiones se entiende evidente que fueron emitidas
al margen de la previa y debida meditación sobre su contenido y alcance,
también al margen del asesoramiento técnico que es indispensable para
quien no tiene especialización en la respectiva materia.
El caso trae a la memoria el episodio suscitado el 27 de marzo del año
anterior, cuando se realizaban las elecciones de candidatos de empresas,
trabajadores activos y pasivos, para ocupar los cargos de representación
de dichos sectores en el BPS. Entonces, cuando el Presidente pretendió
votar, no se le permitió hacerlo por no haberse aun cumplido un año de
su incorporación al respectivo padrón; y tal como correspondía aceptó la
pertinencia de tal situación, lo cual fue públicamente señalado como
ejemplo de la plena vigencia de nuestro régimen democrático.
Como se dijo en comentario que el responsable de esta columna insertó
entonces en “El Telégrafo”, el tema trae al recuerdo conceptos que en LA
DEMOCRACIA emitió el Dr. Alberto Volonté hacia 2008, cuando expresó que
“en su corta historia nuestro país ha demostrado poseer algunos factores
que ponen de manifiesto su viabilidad de origen y que permiten ir
dibujando su identidad nacional: su identidad política, su civilidad, su
institucionalidad; la identidad nacional se tiene que seguir forjando,
se tiene que moldear más, lo que se logra con los años. Pero la base ya
está y es excelente. Porque, en el mundo libre, tener estabilidad
política y, sobre todo, la facultad de resolver civilizadamente y en
armonía las diferencias internas, es un valor inestimable. Esa es la
identidad que nos hace viables; lo que ahora importa es que estamos
demostrándole al mundo nuestra clara identidad con apego a las grandes
ideas de la civilización: la libertad, la democracia y la estabilidad
política”.
El Presidente tiene por tanto que comprender en cuál medida pone en
riesgo nuestra identidad, nuestro régimen de derecho, nuestra
democracia, nuestra estabilidad política, nuestra institucionalidad, la
aplicación del concepto por él expuesto acerca de que lo político
prevalece sobre lo jurídico, pues contradice totalmente lo que emerge
del régimen constitucional del país, de la convicción de sus ciudadanos,
del normal proceder de quienes han ejercido las principales funciones de
sus tres poderes.
Como en alguna oportunidad anterior quien escribe señaló, lo que básica,
sustancial y sintéticamente emerge del contenido del presente comentario
evidencia la muy clara realidad que deriva de la profunda convicción
democrática del país y la forma en que ella incide en la conducta de
gobernantes y de ciudadanos, al margen de acuerdos o de disidencias
ideológicas o políticas.
Por tanto que es muy claro el error en el cual incurrió el Presidente al
emitir los conceptos precitados pues lo que corresponde es ajustarse
lisa y llanamente al concepto de que “lo primero es el derecho.
Rodolfo Canabal
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