Dr. Rofolfo Canabal |
28/6/13 - Nº 138
Docentes incurren
en muy grave error
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Durante el lapso transcurrido en fechas muy próximas los docentes de las
entidades públicas de enseñanza han mantenido paros y ocupaciones, en
reclamo de mejoras presupuestales, que ciertamente han creado muy grave
situación al desenvolvimiento de la enseñanza. Se entiende pertinente
señalarlo, pero el tema que hoy ocupa el primer lugar para ser comentado
se entiende que son las decisiones que la Asociación de Maestros de
Montevideo –Ademu-, adoptó relativamente a docentes a ella afiliados
según se ha de explicar enseguida.
Según la información que ha trascendido ampliamente, dicha entidad
resolvió, en fecha reciente, “expulsar del sindicato a los consejeros de
Primaria Héctor Florit, Irupé Buzzetti y Mirta Frondoy, al Subsecretario
de Educación Juan Gómez, y al director nacional de Educación, Luis
Garibaldi”. “Esta resolución se fundamenta en que los maestros hemos
esperado demasiado tiempo para que las actuales autoridades de la
Educación, ex dirigentes sindicales del Magisterio, defiendan las
necesidades de la Educación Pública, así como los derechos de los
maestros y sus salarios”. Ello ha sido inserto en un comunicado de Ademu
Montevideo que suscribe su Secretaria General Raquel Bruschera.
No está ciertamente en discusión que una entidad gremial que, además de
su naturaleza de tal, está gremialmente vinculada con quienes desempeñan
cargos en los directorios de las instituciones de enseñanza pública,
pueda mantener discrepancias o disidencias con aquellos que ocupen en
sus directorios, designados por las autoridades gubernamentales
competentes, funciones de dirección.
Pero, obviamente, nadie habrá de considerar que es correcto que en un
régimen de índole democrática se pretenda, o se intente, descalificar a
las personas que ejercen legítimamente tales funciones, solamente en
función de no coincidir con el contenido de decisiones que dichos
directores hayan propuesto o hayan apoyado.
Y además, a nadie se le ocurriría, ciertamente, que las personas que,
por sus condiciones personales, indujeron a las autoridades a
designarlos para desempeñar cargos de dirección en dichas entidades,
debieran ajustar sus votos u opiniones al criterio de los docentes que
ocupen cargos en los directorios de acuerdo con el régimen vigente.
A ello se debe agregar que es de muy especial gravedad también que
quienes están al frente de dicha entidad gremial, o integren como socios
sus asambleas, voten su expulsión de la entidad por tales disidencias o
discrepancias. Ello tampoco se ajusta a lo que corresponde dentro del
normal funcionamiento de un régimen democrático, que en el país tiene
plena vigencia desde que se aprobó en 1830 su primera constitución.
Lo expuesto es muy claro para explicar el gravísimo error en que dicha
entidad, y obviamente los docentes que contribuyeron a aprobar con sus
votos tales indebidas decisiones, han incurrido.
Como complemento útil con relación a lo que precedentemente se expone se
agregan algunos conceptos e informaciones.
Cuando, durante el anterior período gubernamental, en el Parlamento se
analizaba el proyecto que luego fue la llamada “Ley de Educación”, dio
lugar a disidencias que los directorios, además de personas que
reunieran condiciones para la dirección de entidades o entes públicos,
se integraran con docentes, sólo en función de su condición de tales.
Ello significaba que no se tuviera en cuenta que la función de
“dirección” de las entidades públicas se debe confiar a quienes tienen
formación que los haya hecho aptos para tal dirección. Y es muy claro
que la calidad de “docente”, que mucho se respeta por todo lo que en sí
mismo significa, no califica para el desempeño de cargos con funciones
de dirección, sí para el asesoramiento a quienes ejercen la función
directiva, salvo que el docente haya adquirido especialización
relativamente a la función administrativa de dirección.
Se trata de un concepto doctrinario muy antiguo, que tiene vigencia
universal, pero que en el caso concreto no fue tenido en cuenta al
respecto.
Los muy graves errores incurridos por los docentes que, en el caso,
intervinieron en las decisiones de Ademu Montevideo que se comentan en
la presente columna, son poco explicables, precisamente por su calidad
de tales, o sea de docentes. Pero seguramente habrán de dar lugar a la
revisión de las decisiones adoptadas.
En fecha reciente quien escribe ha expresado, y hoy lo reitera, que
considera un deber formular conceptos como los precedentes, aunque no es
con agrado que asume tal deber. Pero que desea, y que descuenta que así
será, que quienes han incurrido en tan importante error mediten, con
serenidad, acerca de las circunstancias del caso, y así lo reconozcan.
Su calidad de docentes, que además de serlo deben enseñar con sus
actitudes, debe así incidir en tan importante cuestión.
Rodolfo Canabal
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