Columnistas 29/08/08 - Nº 32

Agenda progresista
 

En la edición pasada hicimos referencia al mal uso que el gobierno hace de su mayoría absoluta, en general, en el ámbito parlamentario. A cómo confunde, el oficialismo, ostentar una ocasional y efímera hegemonía en las dos ramas del Poder Legislativo, con tener la verdad encerrada en un puño. Ello, siendo malo siempre, es peor –aún– cuando la rigidez de los votos se aplica, con mecánicos reflejos, con relación a asuntos que rozan consideraciones personalísimas, temas que hacen a la conciencia individual, e incluso, a principios de tipo filosófico o religioso. Por ejemplo, todo lo concerniente a la organización familiar.
En ese plano, el Senado aprobó, recientemente, un proyecto de ley que modifica el Código de la Niñez y la Adolescencia en lo referido al régimen de las adopciones, y que actualmente está a estudio de la Cámara de Representantes. El proceso legislativo ha generado controversia y polémica, y se ha pretendido inscribir el asunto en una supuesta “agenda progresista” relativa a los roles familiares y a la diversidad que, en esta materia, exhibe hoy la realidad.
El nombre parece un tanto presuntuoso, pero, en todo caso, si por “agenda progresista” se entendiese la definición de ítems para ser analizados y discutidos, procurándose respecto de ellos los imprescindibles consensos, de acuerdo a lo que demanda la sociedad, o ella está pronta para absorber y tolerar, estaríamos de acuerdo. Sin embargo, a la luz de lo que ha venido aconteciendo, por “agenda progresista” debe entenderse, respecto de la familia, la proposición de varios temas pero, además, que los mismos sean resueltos -y la legislación correspondiente aprobada– según la opinión y el punto de vista de los proponentes. Si esas soluciones carecen de acuerdo político y, aún, si no son compartidas por la mayoría de la gente, a la que se presume están dirigidas, importa poco.
Algo de esto viene aconteciendo con la reforma del Código de la Niñez que indicamos antes. Cabe señalar, por otra parte, que no es la primera vez que sucede, en esta legislatura, a propósito de temas tan sensibles y delicados, y nos tememos que no sea la última.
La adopción es un modelo de inserción familiar que seguramente todos –sin excepción– valoramos como indispensable. En esa perspectiva, parece razonable y positivo plantearse el objetivo de hacer más eficientes los procedimientos, acelerar los trámites y proteger, de la manera más eficaz, el derecho del niño entregado por su madre biológica a tener una familia.
Siendo ello así, no se explica fácilmente –más bien, no es explicable– por qué se prohíbe (tal el verbo nuclear utilizado por el proyecto) la participación de las organizaciones sociales, que desde hace décadas colaboran con el Estado, facilitando las adopciones, con mucho compromiso y suceso. En idéntico sentido, por qué se desplaza al Poder Judicial, reduciéndose sus atribuciones a la mínima expresión, casi maniatándolo, cuando la Justicia a todos debería merecernos la garantía de certeza, ponderación y equilibrio.
Lo que resulta menos comprensible, sin embargo, es que el monopolio del Estado que de hecho se consagra, recaiga para su administración y manejo en el INAU, de cuyo alicaído prestigio y deterioro institucional no es necesario ofrecer prueba. El mencionado organismo, por diferentes razones pero, sobre todo, por la impericia de sus directores actuales, ha fracasado rotundamente en el cumplimiento de sus cometidos, al extremo de ser denunciado penalmente en algunas ocasiones. La minoridad infractora, los niños de la calle, la omisión de asistencia en los casos de adicción, y los sistemas de acogimiento familiar, son diferentes capítulos de una misma gestión fallida.
En ese contexto, ¿es prudente la solución? Modestamente, creemos que no, como tampoco lo es que puedan ser adoptantes las parejas de homosexuales. No tenemos nada en contra de ellas; es más, en instancias anteriores, nos afiliamos en el Parlamento al criterio de que deben ser reconocidas jurídicamente y sus derechos patrimoniales protegidos. Pero, suficientes opiniones técnicas hay, en el sentido de que aquella alternativa pueda condicionar la opción sexual del menor, como para oponernos a ella. No hay en esto una actitud discriminatoria, porque la adopción nada tiene que ver con los derechos de los homosexuales, ni de los padres, ni de los adultos, sino con los del niño y el adolescente. Esencialmente, el de tener una familia y, también, un padre y una madre.

 

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