Informe Especial - 29/08/08 - Nº 32

La exportación es un tema de Estado

Consorcios de Exportación:

una apuesta al país productivo

Después de tres años de espera, finalmente las micro, pequeñas y medianas empresas uruguayas contarán con el ansiado trampolín que les permitirá acceder a los mercados internacionales. Esas empresas que en el Uruguay representan el 98 % de las unidades productivas, podrán exportar a partir de la aprobación de la Ley 18323 que crea y regula los Consorcios de Exportación.
La ley, que nació a partir de un Proyecto impulsado por el senador Ruperto Long, promete convertirse en la solución para pequeñas empresas que jamás en su vida hubieran pensado en exportar.
Para conocer qué son los consorcios de exportación, y cómo beneficiarán a la mayoría de las empresas uruguayas, La Democracia conversó con el senador Ruperto Long.
También consultamos a la Secretaria Ejecutiva de la Unión de Exportadores, Teresa Aishemberg que aportó su punto de vista sobre el tema.


 
Por Laura Martínez


La Ley de Consorcios de Exportación que surgió a partir de una iniciativa del senador Ruperto Long, había sido aprobada en el año 2005 por la Cámara de Diputados. Luego se le hicieron algunas modificaciones y se acordó entre ambas Cámaras el texto final que es el que a la postre fue aprobado y promulgado. Sin embargo llegar a la instancia de convertir el proyecto en ley llevó tres años, según el senador Long sin más razón que “la lentitud de tiempos instalado en el Uruguay, que es un tema a corregir”.
“Esta ley salió aprobada por unanimidad en el Senado; no hubo opiniones de fondo en contra, sí por supuesto de detalle; todo indicaba que en Diputados era eventualmente hacer algunas correcciones y aprobarla. Pero eso tomó tres años”, se lamenta Long.
Incluso “la Unión de Exportadores había sugerido la aprobación inmediata de esta ley, porque es un instrumento que ayuda en el tema de escala que es lo que no tiene nuestro país ni nuestras empresas”, dice Teresa Aishemberg, Secretaria Ejecutiva de la Unión de Exportadores.
En el proyecto de ley del senador Long trabajó un equipo técnico en el cual “el Dr. Eugenio Xavier de Mello fue el artífice fundamental”. Y según el senador, recoge iniciativas similares en la materia, sobre todo en Italia que es “el padre” de los consorcios de exportación, y luego procura insertarlo en la realidad uruguaya de la mejor manera posible. “La esencia es lograr un instrumento que facilite la participación de las micro, pequeñas y medianas empresas en el comercio exterior. De esas empresas que en el Uruguay son el 98 % de las unidades productivas, sólo participan el 7 % en las exportaciones. En Uruguay exportan en definitiva, solamente las grandes empresas; esa sería una forma simplificada de expresarlo”, señala.
Esta ley permitirá que una gran cantidad de empresas de tamaño pequeño, mediano, se asocien entre sí para realizar una exportación, pero sin perder sus características individuales.
El Consorcio de Exportación es una asociación de un conjunto de empresas, que pueden ser del mismo rubro o no, a efectos de comerciar en el exterior en forma conjunta. Pero cada empresa sigue manteniendo su marca, sus clientes dentro del país, sus características propias. Se asocian para realizar una exportación, que puede incluir acciones de promoción, participación en ferias, visitas a clientes, un representante común en un mismo país, una oficina en común en Uruguay y hasta el envío de productos en forma conjunta, realizado por el consorcio. Es decir, comparten todos los costos de funcionamiento, lo que determina que estos disminuyan significativamente.
Según Long, puede ser por ejemplo, un productor en el ámbito rural asociado con un industrial o con una empresa de servicios también. Y todos ellos tienen en común, por ejemplo, que pueden ser de la misma zona del país, o que tienen una afinidad natural porque es gente amiga, está vinculada o tiene algún tipo de relación, o pueden querer vender a una misma zona del mundo. Se puede crear un consorcio por ejemplo, para vender exclusivamente a Estados Unidos. “Tiene que haber un común denominador, pero ese común denominador puede ser muy variado”, dice.
De no asociarse bajo la modalidad de consorcio de exportación, la mayoría no podría competir por razones de escala.
Asociadas no sólo se hace posible la exportación, sino que se facilita todo lo que tiene que ver con la misma. Según el senador, en el tema de capacitación, por ejemplo, si se precisa un técnico nacional o extranjero, una cosa es que ese costo lo asuma una sola empresa, y otra cosa que eso lo compartan entre 15 o 20 empresas que integran el consorcio de exportación.
Una empresa uruguaya normalmente no puede tener un stand en una feria en el exterior, pero 15, 20 o 30 empresas, integradas a un consorcio sí.
Puede no haber ningún vendedor en el exterior interesado en vender para una pequeña o micro empresa uruguaya, pero si tiene un paquete de empresas con una oferta más variada, es posible que le interese más.
“El eje de la cuestión acá es vencer la restricción del tema de escala mediante la asociación de empresas”, dice Long.
Según Teresa Aishemberg, a partir de ahora las empresas tendrán un incentivo para mejorar la asociatividad. Y explica que “ya existen proyectos en Uruguay que promueven la asociatividad, porque es una forma inteligente de mejorar la escala así como lo hacen otros países, como Brasil, por ejemplo”. Y agrega que incluso Brasil, que “es una especie de continente, porque es muy grande”, necesita mejorar la inserción internacional de sus empresas a través de vínculos o inversiones en otros países. “Como sucede en el caso de Uruguay con los frigoríficos, que necesitan escala a pesar de que son grandes.
¡Imaginémonos nosotros que somos bien pequeñitos, cómo necesitamos instrumentos como los consorcios de exportación!”, dice.
Para conformar el consorcio no hay ninguna exigencia, pero sí las hay a la hora de integrarlo. Las cuota partes deben ser relativamente equilibradas, para lo cual se establece una norma que determina que “ninguna empresa tendrá una participación menor a la mitad ni superior al doble de lo que daría si todas ellas tuvieran el mismo porcentaje de participación.
Es una fórmula matemática que tiende a evitar que se concentre en una única empresa. Acá no queremos un consorcio formado por una empresa que tenga el 90% y después diez chiquitas que tengan el 1 %”.
Las empresas en sí mismas pueden ser muy grandes, otras medianas y otras muy pequeñitas, pero la participación en el consorcio, “para que se dé un efecto de asociatividad tiene que ser similar”, todas tienen un porcentaje parecido, “de modo que el consorcio no sea una única empresa que comanda la batuta y 10 más que van al ritmo de lo que marca esa”.
El consorcio es una asociación creada con ánimo de permanencia en el tiempo y admite que nuevas empresas se incorporen, pero su longevidad dependerá de las leyes del mercado como la de cualquier otra empresa.

La renuncia fiscal ayuda

Desde el punto de vista tributario, según el senador Long, hay dos mejoras muy importantes. La primera es que la venta de una empresa que integra el consorcio, al consorcio (la empresa mantiene su individualidad, produce algo y lo va a exportar, pero el que exporta es el consorcio, entonces la empresa se lo vende al consorcio y éste lo vende al exterior), se considera una exportación de modo que está exenta de IVA.
“Es una enorme simplificación, no es que le venda con el IVA y después tenga que salir a recuperarlo, sino que directamente lo vende exento del impuesto”.
La otra mejora, es la facultad que se le da al Poder Ejecutivo, “que la acordamos con el propio Ministerio de Economía, de exonerar total o parcialmente al consorcio ni más ni menos que del IRAE y de la cuota parte de patrimonio que corresponda por los bienes del propio consorcio”, enfatiza Long.
Aún falta reglamentar esta facultad que se le otorga al Poder Ejecutivo la tendrá que reglamentar, pero en opinión del senador, “abre una ventana muy importante”.
Y a propósito de las mejoras tributarias, recuerda que en general la experiencia en países como España e Italia es dar un incentivo por unos cuantos años, “una cierta renuncia fiscal para favorecer este fenómeno de asociación”.
Otra particularidad de los consorcios de exportación es que el eventual incumplimiento de una empresa socia del consorcio no perjudica a las demás desde ningún punto de vista, porque no son solidariamente responsables entre sí.
Por ese motivo, según el senador, fue necesario “generar esta forma jurídica especial, el consorcio de exportación, que está definido en la ley basándose en figuras existentes en la ley de sociedades comerciales, pero transformándola en algunos aspectos que esenciales. Y el más esencial es que las empresas no son solidariamente responsables con la actividad del consorcio”.
“Supongamos que tenemos en un consorcio veinte empresas asociadas, pero se logra una transacción comercial con un determinado mercado y son solamente cinco las que exportan. Esas cinco responderán por sus productos y eventualmente constituirán si se les exige o corresponde, alguna garantía adicional. Lo que no puede suceder es que esas cinco, o alguna de ellas incumpla y arrastre a todo el resto de las empresas del consorcio”, dice.
Y explica, esa es una particularidad de los consorcios de exportación que existía en el mundo y acá no había forma de materializarla porque no existía esta forma jurídica. De modo que si las empresas se asociaban y constituían algún otro tipo de sociedad perdían su identidad y quedaban vinculadas entre sí de forma solidariamente responsables.

¿Consorcios de exportación o Grupos de interés económico?

El artículo 3º de la Ley prevé dos denominaciones posibles: consorcios de exportación o grupos de interés económico.
Según Ruperto Long, “en la ley actual de sociedades comerciales la forma que se entendió que era más adecuada para tomar como base es la denominada Grupo de interés económico; así se denomina en la Ley 16.060. Aquí se adapta con modificaciones que tienen que ver por ejemplo con el tamaño de las participaciones o con el tema de la solidaridad de las responsabilidades.
“Esa es la forma a nuestro juicio más adecuada, pero también se dejó abierta la puerta para denominar consorcio de exportación a lo que en la ley actual se llama consorcio, que es una sociedad accidental que tiene como objetivo una sola operación y que se agota con la misma”. Esto es para el caso de que un conjunto de empresas que quieran realizar una única experiencia y se asocien solamente a efectos de concretar una venta, constituyan lo que hoy día se llama consorcio y se disuelva posteriormente. “Pero eso no es lo deseable”; se apresura a aclarar, “lo que a nosotros nos interesa es que esos consorcios sean permanentes. Por eso de las dos formas que están en el texto legal recomendamos la de grupo de interés económico, porque esa sí permite darle continuidad en el tiempo”.

El Estado se compromete a apoyar a los Consorcios

“El Poder Ejecutivo promoverá la constitución y desarrollo de los Consorcios de Exportación y adoptará las medidas necesarias para que los Ministerios con competencia en las materias relacionadas con el objeto de dichos consorcios, presten a éstos la máxima colaboración y las mayores facilidades para el cumplimiento de sus cometidos.
El Poder Ejecutivo establecerá la naturaleza y el alcance de dichas medidas y las comunicará a la Asamblea General”, dice expresamente el Artículo 11 de la Ley de Consorcios de Exportación.
El senador explica que la idea fue establecer algunas cosas específicas en las cuáles se tradujera ese apoyo del Estado a través del gobierno, “porque partimos de la base de que este fenómeno de los consorcios de exportación, que es la única forma de que la inmensa mayoría de las empresas uruguayas puedan exportar alguna vez en la vida es algo bueno para el país. Entonces si es algo bueno, el país lo tiene que estimular”.
“Evidentemente cada Poder Ejecutivo puede tener una visión distinta de los instrumentos que quiere utilizar”, dice, y propone que alguien puede procurar dar instrumentos de tipo crediticio, y establecerá que el Banco República tengas líneas especiales, otro podrá apostar más al tema promocional, y utilizará Uruguay XXI o el Ministerio de Relaciones Exteriores para favorecer la participación en ferias y giras en el exterior. “En definitiva en Comisión, lo que acordamos fue esta medida que reconozco que es un poco declarativa y confiamos que este gobierno en el tramo que le queda para el futuro gobierno (que espero que sea el nuestro; estoy seguro que lo será), utilice esta herramienta”.
En opinión de Teresa Aishemberg “el Ministerio de Industria ha tomado el tema como suyo” y a través de fondos italianos se ha conformado un consorcio de software, “pero también otros programas están trabajando con ellos”. “Yo creo que es un buen momento para que las empresas se tecnifiquen en lo que es la inserción internacional, porque hay apoyos muy importantes”, agrega.
Según el senador hay muchísimas formas que el Estado puede, sin costo o con costos mínimos estimular este fenómeno. “Pero es verdad que establecer un decálogo de esas medidas puede variar con cada gobierno, entonces quedó establecido esto como un planteo de carácter general y cada uno lo tratará de aprovechar de la mejor manera posible”.
En lo que refiere al actual gobierno existe el compromiso político de apoyar a los consorcios mediante diversos mecanismos.
“De hecho las reglas de los propios números del Parlamento indican que no hubiera podido salir, y menos por unanimidad si no hubiera habido un compromiso del gobierno de sacarlo adelante”, afirma Long.
“La exportación es un tema que tiene que trascender todos los gobiernos. Es una política de Estado, porque nadie discute que la exportación es importante o no para el país.
Por esa misma razón, porque es un objetivo común de todos que se crezca, exportando, porque no tenemos mercado interno, este instrumento viene a colaborar para que a partir de ahora podamos ser más competitivos en el exterior, más allá de los gobiernos de turno”, explica Teresa Aishemberg.
Según el impulsor de la iniciativa, esta ley va a ser muy útil, y si este gobierno “o el que venga lo usa como debe usarse, muy fuertemente”, va a dar como resultado que cientos de empresas que nunca hubieran pensado en exportar, van a terminar yendo a dar al mercado exterior. “Eso además lo vi suceder de alguna forma en mi experiencia en el LATU en el cual hacíamos esto, creábamos cierto tipo de asociaciones. Seguro, no teníamos instrumento legal, ni tributario ni nada. Era a pulmón, y sin embargo se logró que mucha gente llegara al mundo con sus productos que le hubiera resultado impensable en otro momento”, recuerda.
Curiosamente, antes de aprobarse esta ley, la Organización de las Naciones Unidas para el Desarrollo Industrial (ONUDI) ya tenía aprobado un programa para consorcios de exportación en Uruguay, y no había forma de ejecutarlo. Al punto que “hay técnicos asignados, recursos para apoyar la creación de consorcios y nosotros no lo podíamos hacer. La Cámara de Industrias, la Unión de Exportadores, todos han estado remando para que se instale este sistema en Uruguay, y faltaba siempre el instrumento legal”.
Para Teresa Aishemberg, la aprobación de esta ley “es una muy buena noticia, ya que la habíamos esperado por mucho tiempo”. “Ahora vamos a trabajar con el Ministerio de Industria para lograr instrumentarlo y que rápidamente pueda estar accesible y motivante para las empresas exportadoras”, dijo.
En cuanto a los posibles apoyos de la Unión de Exportadores hacia los Consorcios de Exportación, la Secretaria Ejecutiva del la institución expresó que seguirán apoyando a las empresas como lo han hecho siempre, y “vinculado tanto al Poder Legislativo como a los técnicos expertos en comercio exterior, como lo ha sido el técnico Dr. Eugenio Xavier de Mello. También el Ing. Ruperto Long, que durante años estuvo vinculando el tema de los consorcios de exportación a la Unión de Exportadores”, concluyó Aishemberg.

 

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