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   3/5/13 - Nº 134  

 

Hacia una nueva institucionalidad ambiental: arquitectura jurídica para la protección

de la infraestructura verde

 

El Paradigma Ambiental sólo resiste si es acompañado y protegido, no solo con una estructura institucional, consistente y robusta, pero sobre todo, eficaz y eficiente, sino además, con capacidad de acudir a mecanismos jurisdiccionales para su real salvaguarda.
En ese camino, la configuración de mecanismos de defensoría y juzgados especializados, parecen necesarios.

 El estado teatral vs. el estado actor y protagonista

 Enseñaba Rodó en su Ariel, que allí donde no se podía ser protagonista, había que ser espectador atento. Esto lo ha tomado a pie de letra el Estado en las cuestiones ambientales, que parece renunciar a su deber lo que justificó el calificativo de Estado Teatral por parte del Fiscal Viana Ferreira: “la abundante y exigente legislación ambiental, el Uruguay vive una situación perfectamente asimilable al “Estado Teatral”, al cual refiere el insigne jurista brasileño Antonio Benjamin. Lamentablemente, existe un importante déficit de aplicación del Derecho Ambiental vigente, convirtiéndose éste en una especie de camuflaje o apariencia, detrás del cual suceden contrarias a su tenor y umbral elevado de exigencia”.

Se da la curiosa situación de Estado vs. Estado o de Poder Ejecutivo vs. Poder Ejecutivo, que se justifica en la autonomía técnica y en la competencia sustantiva adjudicada en la materia a los Fiscales Letrados de la República.

Las alternativas para efectivizar la protección ambiental.
En este contexto, Alianza Nacional, a instancias de Jorge Larrañaga ha presentado propuestas concretas para cumplir –con eficacia y en los hechos- con lo que se predica en el discurso. 

 Creación de un ombudsman ambiental 

La opción de un Ombudsman o Contraloría ambiental sería una opción en tanto y cuanto ese ente -unipersonal o pluripersonal- posea ciertas posibilidades de acción que excedan las meras recomendaciones o apercibimientos administrativos.

Para que efectivamente sean útiles deben tener legitimación activa para accionar judicialmente civil e incluso penalmente.
Darle además de la venda y la balanza, la espada que en la mano derecha, caída pero firme, sostiene la Justicia.

Nuestra predilección sería por la de un órgano unipersonal -que evite las dilaciones deliberativas en temas que son generalmente de urgencia-, como lo es hoy la estructura del Comisionado de Cárceles y que tengan jurisdicción nacional y competencia no necesariamente exclusiva en temas ambientales sino que podría darse cabida al tratamiento de temas de salud pública y de patrimonio cultural.

Este Defensor debería poder intervenir en todos los conflictos socio-ambientales, conflictos referidos a políticas de ordenamiento territorial así como que las situaciones en que esté en cuestión el patrimonio cultural y artístico de la Nación.
Deberá no sólo efectuar recomendaciones, exhortaciones, solicitar informes a las autoridades del ramo que se trate y elevar informes a la Asamblea General del Poder Legislativo sino fundamentalmente, tener legitimación activa. Esto es, este Defensor Nacional del Medio Ambiente, Territorio y el Patrimonio Cultural y Artístico debería poder actuar ante los poderes públicos, incluyendo al Poder Judicial todo acto, hecho u omisión en que presuntamente se vulnere algún derecho humano individual o colectivo referente a cuestiones ambientales, de ordenamiento territorial y del patrimonio histórico, cultural y artístico.

Impulso de juzgados ambientales 

Otra opción posible es la creación dentro del Poder Judicial de Juzgados con cometidos en temas ambientales como forma de especialización ante un tema de creciente importancia y que hace al posicionamiento del país en términos de desarrollo sustentable.
 

Estos tribunales, prosperan por el mundo presentan una fisonomía variable, de acuerdo a las tradiciones culturales y sociales de los diferentes países, y se insertan en contextos institucionales también diferentes, acompañados muchas veces, como el mencionado caso costarricense, de otras figuras, como las fiscalías especializadas y/o el ombudsman. Pero todas, desde aquella temprana creación en 1917, de un Tribunal de Protección de la Naturaleza en el Reino de Dinamarca, seguido por los tribunales suecos y fineses para atender los casos relativos al suministro de agua, han tendido hacia una fuerte especialización que, sin duda, ha revertido en un mejoramiento del servicio de la Justicia Poder en los temas de ambiente tanto desde el punto de vista de los de los derechos humanos individuales como colectivos, implicados.

Del mismo modo, la creación de tribunales especializados en materia de ambiente, territorio y patrimonio, en cuanto se erigen en instrumentos de protección efectiva de derechos de la tercera generación o derechos de la solidaridad, seguramente supondrá la creación de relaciones armoniosas entre el proyecto humano y el ecosistema, entre las necesidades de las presentes y de las futuras generaciones.

Se deberá comenzar por instaurar un Juzgado Letrado Nacional, con competencia de primera instancia en todo el territorio, incluido el marítimo, sin perjuicio de que el seguro incremento de las causas ambientales, permitan generar nuevas sedes, así como la práctica de ese tribunal único pueda suponer desplazamientos y visitas del magistrado y sus asesores en el territorio nacional, de acuerdo a las facultades que la Suprema Corte de Justicia tiene para organizar los tribunales. 

Dr. Luis Fernando Calabria Barreto

 

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